
Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, QUITO – ECUADOR
Los contratos son la base de la vida en sociedad: desde el matrimonio, pasando por el arrendamiento de un bien inmueble, un tema laboral o societario, son CONTRATOS que deben celebrarse en legal y debida forma para que surtan los efectos de Ley.
Según el CÓDIGO CIVIL ecuatoriano en su Art. 1454 plantea que “Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.” De forma complementaria, el Art. 1561 determina que: “Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.”

CLÁUSULAS DE LOS CONTRATOS
Los contratos ya sean de inquilinato, compraventa, constitución de sociedades, laborales, etc., deben contener en términos generales, las siguientes cláusulas:
-Título del Contrato: Es muy importante dejar claramente establecido cuál es la naturaleza del contrato en cuestión
-Generales de Ley de lo comparecientes: nombres y apellidos completos, número de cédula, teléfono, correo electrónico, dirección domiciliaria, estado civil, nacionalidad, edad, profesión/ocupación actual.
-Objeto lícito: es lo que se debe dar, hacer o no hacer (la prestación)
-Causa lícita: es el motivo o finalidad que induce a las partes a contratar
-Plazo: duración del contrato, tener en cuenta que según la materia existen plazos mínimos que cumplir
-Precio: es la contraprestación económica por los servicios prestados o por el objeto entregado
-Obligaciones y Derechos de las Partes: cada parte contractual tiene derechos que ejercer y deberes que cumplir, lo que debe quedar lo más claro posible
-Controversia o Litis: determina cómo procederán las partes contractuales en caso de existir desacuerdos o conflictos; es muy importante pues existen varias formas legales para afrontar una controversia
-Notificaciones: cada parte contractual debe renunciar fuero y domicilio y, aceptar una ciudad específica, teléfonos, correos electrónicos (y de ser posible también una dirección domiciliaria o laboral) para ser notificados / citados.
-Suscripción: las partes deben firmar los ejemplares que determine la Ley, con esferográfico color azul, y, si es necesario reconocer o autenticar su firma ante Notario público

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO
