LOS CENTROS DE MEDIACIÓN

En la Constitución de la República del Ecuador se reconoce el derecho a la solución extrajudicial de los conflictos, esto de conformidad con el Art. 190.-“Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se pueda transigir.”

Con esto se busca por un lado, descongestionar los juzgados que están repletos de causas, y por otro lado llegar a acuerdos voluntarios para ambas partes de un conflicto. De esta manera se crearon los CENTROS DE MEDIACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL, que actualmente cuentan con 59 oficinas a nivel nacional.

Casuística de los Centros de Mediación

En los CENTROS DE MEDIACIÓN se atienden casos relacionados con: pensiones alimenticias, inquilinato, laboral, demarcación de linderos, reparticiones de bienes sucesorios, incumplimiento de contrato promesa de compra-venta, reparación por daños y perjuicios materiales, cobro de deudas, adolescentes infractores, tránsito sin resultado de muerte.

Vale aclarar que los CENTROS DE MEDIACIÓN no tienen potestad de conocer casos penales ni de violencia contra la mujer y la familia.

Procedimiento

Para acceder a un CENTRO DE MEDIACIÓN el procedimiento es el siguiente:

-llevar los documentos personales

-conseguir los datos de la persona con quien existe la controversia (nombres, teléfono, dirección, correo electrónico)

-llenar la solicitud de mediación -cancelar la tarifa establecida

-fijación de la fecha de la Audiencia de Mediación

-llegar a un acuerdo y firmar el acta respectiva

La Audiencia de Mediación será dirigida por un Mediador, que es un tercero neutral, quien deberá tener un título de tercer nivel en leyes, psicología, trabajo social, educación y áreas afines, y deberá certificar el curso teórico y práctico de mediación de la Función Judicial.

Potestades de los Centros de Mediación

-El acta de mediación tiene la misma validez que una sentencia judicial

-Es un procedimiento voluntario, ambas partes pueden decidir si desean o no resolver su conflicto por esta vía, y en qué condiciones lo hacen

-La audiencia de mediación es de carácter reservado, cuyos asuntos no podrán ser revelados por el mediador en ninguna instancia judicial o externa Los Centros de Mediación pueden servir como una instancia previa al inicio de acciones judiciales, procurando resolver conflictos legales.

Aun así, antes de acudir a mediación sugerimos asesorarse bien para conocer íntegramente los derechos que le asisten, qué se puede esperar en mediación y si esto no es posible u objetivo, proceder por la vía judicial.

Puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com , o al whatsapp: 0998725157.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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