La prueba es uno de los elementos más importantes en el conocimiento, sustanciación y solución de causas, controversias o litigios.
Una de las formas de prueba es la testimonial, y dentro de ésta, la denominada ‘declaración de parte’.
La declaración de parte es válida dentro del derecho procesal general, con la excepción de las materias de constitucional, penal y electoral.
La declaración de parte consiste en el testimonio acerca de los hechos controvertidos, el derecho discutido o la existencia de un derecho; esta declaración es rendida por una de las partes.
Debemos tener en cuenta que la declaración de parte es indivisible en todo su contenido, excepto cuando exista otra prueba contra la parte favorable del declarante.
La declaración de parte debe rendirse, por norma general, en la respectiva audiencia de juicio, salvo ciertas excepciones establecidas en el COGEP.
Finalmente, para que la declaración de parte sea efectiva, el abogado patrocinador deberá preparar a su cliente de la mejor manera posible previo a la comparecencia ante el juez.
Si requiere asesoría jurídica sobre casos concretos en torno a los procedimientos a aplicar de acuerdo al Código Orgánico General de Procesos, o cualquier trámite judicial o administrativo, puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com; al whatsapp: 0998725157 o acudir a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Riobamba y Quito.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO