OFICIOS, SOLICITUDES Y PETICIONES

Cada día se realizan en el país una gran cantidad de trámites públicos y privados de toda índole, ya sea de algo simple como solicitar la instalación de un servicio básico, el estudio para acometidas, hasta cosas más complejas como oficios municipales para el cambio de dominio de un predio, peticiones crediticias, solicitud de prescripción de tributos, etc.

Todos estos trámites por norma general se los realizan por escrito, algunos con la firma del interesado y en otros casos acompañada con la firma de un profesional del derecho.

Sea cual fuere el caso, desde el Centro Jurídico ‘NG&A’ exponemos algunas recomendaciones generales que deben ir en todo tipo de oficios, solicitudes y peticiones:

1.-Lugar y fecha

2.-Autoridad a quien va dirigido

3.-Generales de Ley del solicitante

4.-Exposición clara y concisa de los motivos o requerimiento del firmante.

5.-En algunos casos, dependiendo de la complejidad de la petición, se recomienda añadir algunos argumentos de derecho, es decir la normativa legal vigente en la cual se fundamenta la petición.

6.-Igualmente, dependiendo de qué y a quien se esté solicitando, se puede finalizar de dos formas: a) por la favorable atención que se digne dar a la presente, de antemano le extiendo mi agradecimiento; y, b) por ser legal, sírvase atenderme conforme solicito. Nosotros utilizamos siempre la segunda forma, pues los requerimientos de nuestros clientes son municipales, de trámites en la gobernación, CNT, ANT, SRI, entre otras instituciones, y por ende son peticiones hacia las autoridades cuya obligación es responder el requerimiento, y no es un favor de ninguna manera.

7.-Firma del solicitante, con nombres completos y número de cédula.

8.-El oficio, solicitud o petición deberá ir acompañado de copias simples o certificadas de los documentos que para cada caso y por Ley se requieran.

9.-Pedir a la persona de la institución donde vamos a dejar la petición que nos sumille en una copia simple y/o en otra hoja, el recibido del documento con lugar, fecha, hora y persona que recibe, para de esta forma dejar constancia de que nuestro trámite ya ha ingresado y por ende las autoridades deberán tomar cartas en el asunto.

10.-Dar seguimiento al trámite, ya sea en forma presencial en las ventanillas de la institución, o llamando al teléfono de atención al cliente o por medio de la página web institucional.

Puntos importantes:

-algunas peticiones se resuelven en el acto, otras requieren seguimiento del trámite

-en algunas instituciones tienen formatos en PDF u otros, para que el usuario simplemente los llene

-para ciertas peticiones es necesario pagar un derecho de todo trámite

-todo funcionario público está obligado por Ley a recibir las peticiones de un usuario, cliente o beneficiario, y en el caso de negar el pedido, deberán responder igualmente por escrito y de forma motivada. Si la solicitud está mal hecha, simplemente se pedirá corregirla, o similares, pero en ningún caso se podrá negar el derecho que les asiste a los ciudadanos para dirigir quejas y peticiones a las autoridades correspondientes.

Para todo tipo de trámite, público o privado, estamos listos para atenderle. Puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o al whatsapp: 0998725157.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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