PREGUNTAS SOBRE DERECHO MERCANTIL

1.- ¿Cuál es la normativa que rige las relaciones comerciales en el país?

El comercio está regulado por varias normas legales, comenzando por la Constitución de la República del Ecuador y específicamente por el Código de Comercio, ya se trate de operaciones mercantiles, actos y contratos de comercio aunque sean ejecutados por personas no comerciantes.

2.- ¿Qué actos constituyen formas de comercio?

Entre otras, tenemos: la compra – venta de un establecimiento comercial, las operaciones de correduría, acciones de una sociedad mercantil, el seguro, hechos que producen obligación en casos de averías, naufragio y salvamento, las comisiones o mandato comercial, lo relacionado a letras de cambio y pagarés. Art. 3 Código de Comercio

3.- ¿Quiénes pueden ejecutar operaciones mercantiles?

En principio, todas las personas que tengan capacidad legal para contratar y obligarse. Tienen PROHIBICIÓN  de comerciar las corporaciones eclesiásticas y sus miembros religiosos; los funcionarios públicos, y los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación. El menor de edad puede comercializar siempre y cuando tenga autorización de su curador, bien de forma personal o por medio de escritura pública debidamente registrada. La mujer casada puede comercializar si realiza un comercio separado del de su marido. Arts. 6, 7, 9 y 13 Código de Comercio

4.- ¿Cómo se obtiene la matrícula de comercio?

Se debe realizar una petición dirigida a un Notario Público, posteriormente deberá inscribirse en el libro de matrículas de comercio del respectivo cantón, en la oficina del Registro Mercantil. Esto es obligatorio para comerciantes, corredores, martilladores y capitanes de buques. Art. 22 Código de Comercio

5.- ¿Deben los comerciantes llevar contabilidad?

Sí, en el caso del comercio al por mayor, deberán llevar 4 libros: diario, mayor, de inventarios y de caja. En el caso del comercio al por menor, tendrán que llevar 1 libro en el que anotarán las compras, ventas al contado, las que hicieren al fío, y pagos y cobros que hagan de ellas. Arts. 39 y 44 Código de Comercio

6.- ¿Los comerciantes deben conservar los libros de contabilidad?

Todo el tiempo que dure su negocio, hasta que se liquide por completo e incluso 10 años después. Art. 57 Código de Comercio

7.- ¿Qué es un factor mercantil?

Es una persona que puede desempeñarse como gerente de una empresa, establecimiento mercantil o fabril, que la administra por cuenta del dueño, y toma el nombre de principal con relación a los dependientes. Arts. 117, 118 y 119 Código de Comercio

8.- ¿Qué tipos de garantías puede ejecutar un vendedor o acreedor para asegurarse el pago?

Existen tres tipos de garantías: la fianza, la prenda y la hipoteca. La fianza es de carácter personal. La prenda y la hipoteca son de carácter real, la primera sobre bienes muebles, la segunda sobre bienes raíces.

9.- ¿Qué son los títulos valores?

Son documentos mercantiles en el que se incorpora un derecho privado patrimonial, en virtud de lo cual el ejercicio del derecho se vincula jurídicamente a la posesión del documento. Por ejemplo: la letra de cambio, el pagaré, el cheque.

10.- ¿Cuáles son las características de los títulos valores?

Tienen cuatro características esenciales: incorporación; legitimación; literalidad y autonomía.

11.- ¿Qué tipos de títulos valores existen?

Nominativos; a la orden y al portador.

12.- ¿Qué elementos debe contener la letra de cambio?

-la orden incondicional de pagar una cantidad determinada (en letras y números) -el nombre de la persona que debe pagar (librado o girado) -la indicación del vencimiento -el lugar donde debe efectuarse el pago -el nombre de la persona a quien debe efectuarse el pago -fecha y lugar en que se gira la letra -la firma de la persona que la emita (librador o girador) Las letras de cambio son transmisibles por vía de endoso. Arts. 410 y 419 Código de Comercio

13.- ¿Qué elementos debe contener un pagaré?

-la promesa incondicional de pagar una cantidad determinada -fecha de vencimiento -lugar donde debe efectuarse el pago -el nombre de la persona a quien debe efectuarse el pago -fecha y lugar donde se suscribe el pagaré -firma de quien emite el documento: suscriptor Art. 486 Código de Comercio

14.- ¿Los libros de contabilidad mercantil tiene valor probatorio?

Sí, los libros de contabilidad de los comerciantes, llevados conforma a la Ley, serán admitidos como medios de prueba en las controversias judiciales entre comerciantes sobre hechos de comercio. Art. 47 Código de Comercio

15.- ¿Cuáles son las normas supletorias en materia comercial?

Lo que no estuviere reglado por el Código de Comercio, y en cuanto no sea contrario a sus disposiciones, se aplicará el Código Civil. Estos son los elementos más básicos sobre el derecho mercantil.

Para mayor información, consultas o trámites, puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o al whatsapp: 0998725157.


Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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