POSESIÓN EFECTIVA ANTE NOTARIO

Cuando una persona fallece inmediatamente se abre la sucesión por causa de muerte. En el caso de no existir testamento (la mayoría de las veces), los deudos (principalmente hijos y cónyuge supérstite) deberán tramitar la respectiva POSESIÓN EFECTIVA.

Pueden realizarlo ante un Juez de lo Civil o ante un Notario Público, siendo la segunda opción la más rápida y económica.

LEY NOTARIAL, ART. 18, NUMERAL 12

“12.- Receptar la declaración juramentada de quienes se creyeren con derecho a la sucesión de una persona difunta, presentando la partida de defunción del de cujus y las de nacimiento u otros documentos para quienes acrediten ser sus herederos, así como la de matrimonio o sentencia de reconocimiento de la unión de hecho del cónyuge sobreviviente si los hubiera. Tal declaración con los referidos instrumentos, serán suficientes documentos habilitantes para que el Notario conceda la posesión efectiva de los bienes pro indiviso del causante a favor de los peticionarios, sin perjuicio de los derechos de terceros. Dicha declaración constará en acta notarial y su copia será inscrita en el Registro de la Propiedad correspondiente;”

REQUISITOS

  • Minuta firmada por abogado con la copia de su credencial
  • Certificado de defunción original y actualizado
  • Copias de las cédulas y papeletas de votación (cuando corresponda) de los herederos
  • Acta de matrimonio actualizada (cuando corresponda)
  • Sobre los bienes de la persona fallecida: Escritura Pública de propiedad y Certificado de Gravámenes en el caso de bienes raíces; Certificado Único Vehicular y Matrícula en el caso de automotores; y Certificados o Libretas de cuentas bancarias en el caso de existir bonos, pensiones, seguros u otros a nombre de la persona fallecida.

Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; visitar nuestra página web: centrojuridicongya.blogspot.com , o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

ESPECIALISTA EN DERECHO CIVIL Y NOTARIAL

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